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Modificación del Plan General de Contabilidad con efecto para el ejercicio 2016
El pasado 17 de diciembre de 2016 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 602/2016, por el que se modifica el Plan General de Contabilidad, el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas, las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos.
Estas modificaciones serán aplicables para los ejercicios que se inicien a partir del 1 de enero de 2016.
El Real Decreto modifica las siguientes disposiciones:
- PGC - Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre;
- PGC-PYMES - Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre;
- NOFCAC - Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas aprobadas por Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre;
- PGC-ESFL - Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre.
- RAC (se modifica mediante la Disposición Final 1ª)- Reglamento que desarrolla el texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas, aprobado por el Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre.
PRINCIPALES CAMBIOS
Simplificación de las obligaciones contables de las pequeñas empresas: eliminación del estado de cambios en el patrimonio neto y reducción de la información a incluir en la memoria de las cuentas anuales.
Cambios en el ámbito de aplicación del PGC-PYMES: los límites cuantitativos se amplían siendo los mismos que para poder formular cuentas abreviadas (4 millones de activo, 8 millones INCN, 50 trabajadores).
Intangibles - Amortización del fondo de comercio y de los activos intangibles con vida útil indeterminada.
CCAACC - Cambios en los supuestos de dispensa y exclusión de la obligación de consolidar y del tratamiento del fondo de comercio de consolidación.
Auditoría - Incorporación de un nuevo artículo (95 bis) en el Reglamento de Auditoría de Cuentas, para desarrollar el procedimiento sancionador abreviado previsto en el artículo 69.5 de la Ley 22/2015, de Auditoría de Cuentas (D.F. 1ª).